viernes , 5 septiembre 2025
En Puebla castigarán hasta con 6 años de prisión la venta de alcohol después de las 2 de la mañana, además, ya no habrá “cadeneros”, sino seguridad privada
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Más penas por vender alcohol fuera de horario

En Puebla entró en vigor una reforma que castigará hasta con 6 años de prisión la venta de alcohol después de las 2:00 de la mañana.

Esto, tras la publicación de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado y al Código Penal local.

Las reformas fueron aprobadas por el Congreso local y posteriormente publicadas en el Periódico Oficial del Estado (POE) el 16 de julio, por lo que este 17 de julio entraron en vigor, de acuerdo con los artículos transitorios.

En el Código Penal local se establece que quienes vendan, distribuyan, suministren bebidas alcohólicas sin la licencia o el permiso correspondiente, fuera de los horarios establecidos en la ley poblana, se le impondrá de 6 meses a 6 años de prisión.

Además, se deberán pagar una multa de 100 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMAs), que equivalen a 10 mil 857 pesos, hasta 108 mil 570 pesos.

¿Cuáles serán los nuevos horarios para la venta de alcohol?

De acuerdo a la reciente reforma a la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas, se podrán vender, suministrar y regalar bebidas alcohólicas en Puebla hasta las 2:00 horas.

“Bajo ningún supuesto, los establecimientos específicos y los no específicos, podrán operar, permanecer abiertos o permitir la permanencia o el ingreso de personas o comensales después de las 02:30 horas”, señala la modificación.

Con la reforma se estableció que los Ayuntamientos regulen la forma, lugares, y demás aspectos relativos a la venta y suministro de bebidas alcohólicas en los espectáculos públicos.

También ya es una obligación de las personas que cuenten con Licencia o Permiso para vender o suministrar bebidas alcohólicas en establecimientos específicos, contar con circuito cerrado de televisión, con cámaras instaladas en el interior y exterior.

Los bares, antros y centros nocturnos deberán evitar al máximo la existencia de puntos ciegos y con respaldo de grabación de 30 días, de ser necesario, deberán entregar de forma inmediata las videograbaciones a la Secretaría de  Seguridad Pública (SSP) y elementos de la Fiscalía General del Estado (FGE).

También desaparecerán los cadeneros, pues por obligación se encargarán de estos empleos elementos de empresas de seguridad privada.

Por: Paola Macuitl Gallardo

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